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Artículo anterior: ARTÍCULO 293

ARTÍCULO 294

CAUSACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de
2018 y el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019> <Agotó su objeto por cumplimiento del término para el cual fue expedido>
<Vigente hasta el año gravable 2010. Ver artículo 294-1 en relación con la causación del
impuesto al patrimonio para el año 2011>
El impuesto al patrimonio se causa el 1o de enero de cada año, por los años 2007, 2008, 2009
y 2010.
Texto modificado por la Ley 863 de 2003: CAUSACIÓN. El Impuesto al Patrimonio se causa en el primer día del
respectivo ejercicio gravable.
Texto original con la adición introducida por el Decreto 1321 de 1989: AJUSTE DE LAS TABLAS. Los valores absolutos de las tablas del
impuesto de patrimonio se ajustarán anualmente siguiendo el mismo procedimiento previsto
en el artículo 868.
Para efectos de los valores expresados en la tabla del impuesto de patrimonio, el Gobierno
determinará el procedimiento para realizar los ajustes a que se refiere el inciso anterior.
Podrán agregarse nuevos intervalos en los niveles superiores de patrimonio líquido gravable,
respetándose los límites tarifarios señalados en el artículo 292.
<Inciso adicionado por el artículo 2 del Decreto 1321 de 1989. El nuevo texto es el
siguiente:> A partir del año gravable en que entren en aplicación los ajustes integrales por
inflación a los estados financieros, a que se refieren los Capítulos II y V del Título V del
Libro I del Estatuto Tributario, eliminase para todos los contribuyentes, el impuesto de
patrimonio.
Texto original del Estatuto Tributario: <Fuente original compilada: L. 9/83 Art. 5o.> AJUSTE DE LAS
TABLAS. Los valores absolutos de las tablas del impuesto de patrimonio se ajustarán
anualmente siguiendo el mismo procedimiento previsto en el artículo 868.
Para efectos de los valores expresados en la tabla del impuesto de patrimonio, el Gobierno
determinará el procedimiento para realizar los ajustes a que se refiere el inciso anterior.
Podrán agregarse nuevos intervalos en los niveles superiores de patrimonio líquido gravable,
respetándose los límites tarifarios señalados en el artículo 292.
ARTÍCULO 294-1. CAUSACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de
2018 y el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019>

Concordancia: Decreto 859 de 2011
Ley 1943 de 2018; Art. 35; Art. 37; Art. 38; Art. 39; Art. 40; Art. 41 (ET. Art. 292-2; Art.
295-2; Art. 296-2; Art. 297-2; Art. 298-6; Art. 298-8)

Doctrina concordante: Oficio DIAN 77942 de 2013
Oficio DIAN 88006 de 2010
Oficio DIAN 34851 de 2008
Oficio DIAN 33042 de 2008
Oficio DIAN 12600 de 2007 Oficio DIAN 17305 de 2014
Concepto DIAN 42594 de 2013
Oficio DIAN 907831 de 2021
Oficio DIAN 20981 de 2019
Oficio DIAN 19774 de 2019
Oficio DIAN 36871 de 2015
Oficio DIAN 34465 de 2015
Oficio DIAN 32977 de 2015
Oficio DIAN 28750 de 2015
Oficio DIAN 26191 de 2015
Oficio DIAN 24973 de 2015
Oficio DIAN 21725 de 2015
Concepto DIAN 16394 de 2015
Oficio DIAN 15908 de 2015
Oficio DIAN 15160 de 2015
Concepto DIAN 14484 de 2015
Oficio DIAN 13632 de 2015
Oficio DIAN 13515 de 2015
Concepto DIAN 6453 de 2023
Concepto GENERAL DIAN 6365 de 2023; Num. I

Jurisprudencia concordante: Corte Constitucional
- Ley 1943 de 2018 declarada INEXEQUIBLE -por forma- por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-481-19 de 3 de octubre de 2019, Magistrado Ponente Dr. Alejandro
Linares Cantillo.
Dispone el Fallo:
'(i) la declaratoria de inexequibilidad prevista en el resolutivo segundo surtirá efectos a partir
del primero (1o.) de enero de dos mil veinte (2020), a fin de que el Congreso, dentro de la
potestad de configuración que le es propia, expida el régimen que ratifique, derogue,
modifique o subrogue los contenidos de la Ley 1943 de 2018; (ii) los efectos del presente
fallo sólo se producirán hacia el futuro y, en consecuencia, en ningún caso afectarán las
situaciones jurídicas consolidadas de forma anterior a su notificación.'
- La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre el texto modificado por la Ley
1111 de 2006 por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia C-842-08 de 27 de agosto de
2008, Magistrada Ponente Dra. Clara Inés Vargas Hernández.
- La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre el texto modificado por la Ley
1111 de 2006, por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia C-809-07 de 3 de octubre de
2007, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa.
- Artículo 17 de la Ley 863 de 2003 declarado EXEQUIBLE, por los cargos analizados, por
la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-910-04 de 21 de septiembre de 2004,
Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Escobar Gil.
- Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia No. C-
222-95 del 18 de mayo de 1995, Magistrado Ponente, Dr. José Gregorio Hernández Galindo.
- Consejo de Estado, Seción Cuarta, Expediente No. 76001-23-33-000-2014-00696-
01(27458) de 29 de junio de 2023, C.P. Dra. Stella Jeannette Carvajal Basto.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 15993 de 5 de febrero de 2009, C.P. Dr.
Hector J. Romero Díaz. Corte Constitucional
- Ley 1943 de 2018 declarada INEXEQUIBLE -por forma- por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-481-19 de 3 de octubre de 2019, Magistrado Ponente Dr. Alejandro
Linares Cantillo.
Dispone el Fallo:
'(i) la declaratoria de inexequibilidad prevista en el resolutivo segundo surtirá efectos a partir
del primero (1o.) de enero de dos mil veinte (2020), a fin de que el Congreso, dentro de la
potestad de configuración que le es propia, expida el régimen que ratifique, derogue,
modifique o subrogue los contenidos de la Ley 1943 de 2018; (ii) los efectos del presente
fallo sólo se producirán hacia el futuro y, en consecuencia, en ningún caso afectarán las
situaciones jurídicas consolidadas de forma anterior a su notificación.'
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 11001-03-27-000-2017-00028-
00(23221)NUL de 25 de junio de 2020, C.P. Dra. Stella Jeannette Carvajal Basto.
Corte Constitucional
- Texto modificado por la Ley 1943 de 2018 declarado EXEQUIBLE por los cargos
analizados, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-521-19 de 5 de noviembre de
2019, Magistrada Ponente Dra. Cristina Pardo Schlesinger
- Ley 1943 de 2018 declarada INEXEQUIBLE -por forma- por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-481-19 de 3 de octubre de 2019, Magistrado Ponente Dr. Alejandro
Linares Cantillo.
Dispone el Fallo:
'(i) la declaratoria de inexequibilidad prevista en el resolutivo segundo surtirá efectos a partir
del primero (1o.) de enero de dos mil veinte (2020), a fin de que el Congreso, dentro de la
potestad de configuración que le es propia, expida el régimen que ratifique, derogue,
modifique o subrogue los contenidos de la Ley 1943 de 2018; (ii) los efectos del presente
fallo sólo se producirán hacia el futuro y, en consecuencia, en ningún caso afectarán las
situaciones jurídicas consolidadas de forma anterior a su notificación.'

Notas de validez: - Artículo derogado por el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019, 'por medio de la cual se
adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el
fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema
tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018
y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.179 de 27 de diciembre
2019.
- Artículo derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018, 'por la cual se expiden
normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se
dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 50.820 de 28 de diciembre de
2018.
- Artículo modificado por el artículo 27 de la Ley 1111 de 2006, publicada en el Diario
Oficial No. 46.494 de 27 de diciembre de 2006.
- Artículo modificado por el artículo 17 de la Ley 863 de 2003, publicada en el Diario Oficial
No. 45.415, de 29 de diciembre de 2003.
- Artículo derogado por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No
40.490, de 30 de junio de 1992.
- Inciso adicionado por el artículo 2 del Decreto 1321 de 1989, publicado en el Diario Oficial
No. 38.865, de 20 de junio de 1989. - Artículo derogado por el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019, 'por medio de la cual se
adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el
fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema
tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018
y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.179 de 27 de diciembre
2019.
- Artículo derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018, 'por la cual se expiden
normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se
dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 50.820 de 28 de diciembre de
2018.
- Artículo adicionado por el artículo 3 de la Ley 1370 de 2009 (Impuesto al patrimonio para
el año 2011), publicada en el Diario Oficial No. 47.578 de 30 de diciembre de 2009.
- Artículo modificado por el artículo 44 de la Ley 2010 de 2019, 'por medio de la cual se
adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el
fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema
tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018
y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.179 de 27 de diciembre
2019.
- Artículo modificado por el artículo 36 de la Ley 1943 de 2018, 'por la cual se expiden
normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se
dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 50.820 de 28 de diciembre de
2018. Texto anterior derogado por el artículo 122.
- Artículo adicionado por el artículo 3 de la Ley 1739 de 2014 (Impuesto a la riqueza por los
años 2016, 2017 y 2018), 'por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley
1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras
disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 49.374 de 23 de diciembre de 2014.
- Artículo adicionado por el artículo 36 de la Ley 2277 de 2022, 'por medio de la cual se
adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras
disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 52.247 de 13 de diciembre de 2022.

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