RENTA BRUTA EN COMPAÑIAS DE SEGUROS GENERALES.
<Fuente original compilada: D. 2053/74 Art. 38> La renta bruta de las compañías de seguros
generales se determina de la manera siguiente:
Al total de los ingresos netos obtenidos durante el año o período gravable, se suma el importe
que al final del año o período gravable haya tenido la reserva técnica, y del resultado de esa suma
se restan las partidas correspondientes a los siguientes conceptos:
1. El importe de los siniestros pagados o abonados en cuenta.
2. El importe de los siniestros avisados, hasta concurrencia de la parte no reasegurada,
debidamente certificado por el Revisor Fiscal;
3. El importe de las primas de reaseguros cedidas en Colombia o en el exterior;
4. El importe de los gastos por salvamentos o ajustes de siniestros.
5. El importe que al final del año o período gravable tenga la reserva técnica.