VALORACIÓN DEL DICTAMEN. La fuerza probatoria del dictamen
pericial será apreciada por la oficina de impuestos, conforme a las reglas de sana crítica y
tomando en cuenta la calidad del trabajo presentado, el cumplimiento que se haya dado a las
normas legales relativas a impuestos, las bases doctrinarias y técnicas en que se fundamente y la
mayor o menor precisión o certidumbre de los conceptos y de las conclusiones.