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Artículo anterior: ARTICULO 715

ARTICULO 716

CONSECUENCIA DE LA NO PRESENTACIÓN DE LA
DECLARACIÓN CON MOTIVO DEL EMPLAZAMIENTO. Vencido el término que otorga el
emplazamiento de que trata el artículo anterior, sin que se hubiere presentado la declaración
respectiva, la Administración de Impuestos procederá a aplicar la sanción por no declarar
prevista en el artículo 643.

Concordancia: Estatuto Tributario; Art. 643; Art. 715; Art. 717

Doctrina concordante: Oficio DIAN 1638 de 2019
Oficio DIAN 23042 de 2015

Jurisprudencia concordante: Corte Constitucional
- Aparte subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia
C-506-02 de 3 de julio de 2002, Magistrado Ponente Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra.

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