DETERMINACIÓN DE LAS RENTAS PASIVAS. <Artículo adicionado
por el artículo 139 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Las rentas pasivas
atribuibles a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios son aquellas que
resulten de sumar la totalidad de los ingresos pasivos realizados por la ECE en el año o período
gravable, y restar los costos y las deducciones asociados a esos ingresos pasivos, de acuerdo con
las reglas de los artículos anteriores. DIVISIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL. Son funciones de la
División de Programación y Control:
a) Preparar el plan general de fiscalización y diseñar los programas respectivos;
b) Llevar el control y hacer la evaluación de los programas de fiscalización adelantar por las
Administraciones de Impuestos Nacionales;
c) Adelantar visitas de supervisión a las Administraciones de Impuestos, sobre el desarrollo
de los programas de fiscalización.