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ARTICULO 834

RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DECIDE LAS
EXCEPCIONES. <Artículo modificado por el artículo 80 de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es
el siguiente:> En la resolución que rechace las excepciones propuestas, se ordenará adelantar la
ejecución y remate de los bienes embargados y secuestrados. Contra dicha resolución procede
únicamente el recurso de reposición ante el Jefe de la División de Cobranzas, dentro del mes
siguiente a su notificación, quien tendrá para resolver un mes, contado a partir de su
interposición en debida forma. RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DECIDE LAS
EXCEPCIONES. En la resolución que rehace las excepciones propuestas, se ordenará
adelantar la ejecución y remate de los bienes embargados y secuestrados. Contra dicha
resolución procede únicamente el recurso de apelación ante el Jefe de la División de
Cobranzas o el superior inmediato de quien decidió sobre las excepciones, dentro del mes
siguiente a su notificación , quien lo resolverá en el término de un mes.

Doctrina concordante: Oficio DIAN 54603 de 2014

Jurisprudencia concordante: Corte Constitucional
- Artículo declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados, por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-739-06 de 30 de agosto de 2006, Magistrada Ponente Dra. Clara Inés
Vargas Hernández.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 63001-23-33-000-2021-00035-
01(26768) de 1 de diciembre de 2022, C.P. Dra. Myriam Stella Gutiérrez Argüello.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 20383 de 29 de mayo de 2014, C.P. Dr.
Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez.
'En estricto rigorismo procesal, la ausencia de concesión del recurso previsto en el artículo
834 del ET no es argumento pertinente para fundamentar el cargo de nulidad in exámine que,
por lo mismo, estaría llamado a desecharse.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 16161 de 11 de diciembre de 2007, C.P.
Dra. Ligia López Díaz

Notas de validez: - Artículo modificado por el artículo 80 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial
No. 40.490, de 30 de junio de 1992.

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