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ARTÍCULO 886

REALIZACIÓN DE LOS INGRESOS. <Artículo adicionado por el
artículo 139 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Los ingresos pasivos
obtenidos por una ECE, se entienden realizados en cabeza de los residentes fiscales colombianos
contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que, directa o indirectamente,
controlen la ECE, en el año o período gravable en que la ECE las realizó, en proporción a su
participación en el capital de la ECE o en los resultados de esta última, según sea el caso, de
acuerdo con los artículos 27, 28, 29 de este Estatuto. SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN. Son funciones de la
Subdirección de Fiscalización:
a) Presentar el plan general de fiscalización de acuerdo con la política establecida por la
Dirección General;
b) Establecer los programas de control y determinación de los impuestos que administra la
Dirección General de Impuestos Nacionales;
c) Dirigir y evaluar los programas de fiscalización realizados por las Administraciones de
Impuestos Nacionales;
d) Coordinar con la Subdirección de Informática el procesamiento de la información
requerida para la ejecución del plan de fiscalización;
e) Absolver consultas relacionadas con los programas establecidos y con el área de su
competencia, provenientes de la Administraciones de Impuestos;
f) Adelantar en casos especiales, a través de los funcionarios de la Subdirección, visitas de
investigación y control de los impuestos, a contribuyentes, responsables, agentes de retención
o declarantes, de acuerdo con las autorizaciones del Subdirector de Fiscalización y remitir las
investigaciones a las administraciones correspondientes para que se profieran las actuaciones
del caso.

Doctrina concordante: Oficio DIAN 907162 de 2022
Oficio DIAN 906178 de 2021
Oficio DIAN 904102 de 2021
Oficio DIAN 23680 de 2019
Concepto Unificado DIAN 9391 [386] de 2018; Título 6

Notas de validez: - Artículo adicionado por el artículo 139 de la Ley 1819 de 2016, 'por medio de la cual se
adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la
evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No.
50.101 de 29 de diciembre de 2016.
- Artículo derogado por el artículo 110 del Decreto 1643 de 1991, publicado en el Diario
Oficial No. 39.880, de 27 de junio de 1991.

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