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Artículo anterior: ARTICULO 798

ARTICULO 799

RESPONSABILIDAD DE LOS BANCOS POR PAGO IRREGULAR DE
CHEQUES FISCALES. Los establecimientos bancarios que pagaren o negociaren o en cualquier
forma violaren lo previsto en la ley sobre el cheque fiscal, responderán en su totalidad por el
pago irregular y sus empleados responsables quedarán sometidos a las sanciones legales y
reglamentarias del caso.

Doctrina concordante: Oficio DIAN 7234 de 2005
ARTÍCULO 799-1. INFORMACIÓN A LAS CENTRALES DE RIESGO. INEXEQUIBLE>

Jurisprudencia concordante: Corte Constitucional
- La Corte Constitucional declaró estarse a lo resuelto en la Sentencia C-993-04, mediante
Sentencia C-1028-04 de 21 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Dr. Alfredo Beltrán
Sierra.
- Artículo declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-993-
04 de 12 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería. '...los efectos de
la presente sentencia se producirán a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley 863
de 2003'

Notas de validez: - Artículo adicionado por el artículo 31 de la Ley 863 de 2003, publicada en el Diario Oficial
No. 45.415, de 29 de diciembre de 2003. Inexequible.

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