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ARTICULO 193

CONCEPTO DE VALOR PATRIMONIAL NETO. <Fuente original
compilada: L. 75/86 Art. 49> El valor patrimonial neto de los bienes que se excluyen de la base
de cálculo de la renta presuntiva, es el que se obtenga de multiplicar el valor patrimonial del bien
por el porcentaje que resulte de dividir el patrimonio líquido por el patrimonio bruto, del año
gravable base para el cálculo de la presunción.

Concordancia: Estatuto Tributario; Art. 189
Ley 1607 de 2012; Art. 22 Inc. 2o.
Decreto 326 de 1995; Art. 11
Decreto 353 de 1984; Art. 18

Doctrina concordante: Oficio DIAN 13760 de 2016
Oficio DIAN 11807 de 2015
Concepto DIAN 412 de 2015

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