Artículo anterior: ARTICULO 587
Categoría: TITULO II.
Concordancia: Ley 2155 de 2021; Art. 47 Inc. 8
Ley 2010 de 2019; Art. 119
Ley 1943 de 2018; Art. 101
Ley 863 de 2003; Art. 39
Ley 788 de 2002; Art. 99
Ley 633 de 2000; Art. 102
Oficio DIAN 80501 de 2008
<Inciso adicionado por el artículo 46 de la Ley 49 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:>
Cuando el mayor valor a pagar, o el menor saldo a favor, obedezca a la rectificación de un error
que proviene de diferencias de criterio o de apreciación entre las oficinas de impuestos y el
declarante, relativas a la interpretación del derecho aplicable, siempre que los hechos que consten
en la declaración objeto de corrección sean completos y verdaderos, no se aplicará la sanción de
corrección. Para tal efecto, el contribuyente procederá a corregir, siguiendo el procedimiento
previsto en el artículo siguiente y explicando las razones en que se fundamenta.
Estatuto Tributario; Art. 239-1; Art. 580; Art. 641; Art. 644; Art. 650-1; Art. 650-2; Art. 685;
Art. 692; Art. 709; Art. 713; Art. 857
Ley 1607 de 2012; Art. 148
Ley 633 de 2000, Art. 102
Decreto 2487 de 2022; Art. 1 (DUR 1625; Art. 1.6.1.13.2.3)
Decreto 1778 de 2021; Art. 1 (DUR 1625; Art. 1.6.1.13.2.3)
Decreto 1680 de 2020; Art. 1 (DUR 1625; Art. 1.6.1.13.2.3)
Decreto 2345 de 2019; Art. 2 (DUR 1625; Art. 1.6.1.13.2.3)
Decreto 1468 de 2019; Art. 3 (DUR 1625 Art. 1.5.8.3.12)
Decreto 2442 de 2018; Art. 1 (DUR 1625 Art. 1.6.1.13.2.3)
Decreto 309 de 2003; Art. 4; Art. 9, parágrafo 3
Decreto 836 de 1991, Art. 19; Art. 20
Decreto 1791 de 2007; Art. 7, Parágrafo Num. 6
PARAGRAFO 2o. <Ajuste de las cifras en valores absolutos en términos de UVT por el artículo
51 de la Ley 1111 de 2006 (A partir del año gravable 2007). Parágrafo adicionado por el artículo
173 de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Las inconsistencias a que se refieren
los literales a), b) y d) del artículo 580, 650-1 y 650-2 del Estatuto Tributario siempre y cuando
no se haya notificado sanción por no declarar, podrán corregirse mediante el procedimiento
previsto en el presente artículo, liquidando una sanción equivalente al 2% de la sanción de que
trata el artículo 641 del Estatuto Tributario, sin que exceda de 1.300 UVT.
Estatuto Tributario; Art. 868 - Unidad de Valor Tributario
Ley 962 de 2005; Art. 43
Resolución DIAN 51 de 2018; Art. 18 Inc. 1o.
Doctrina concordante: Concepto DIAN 7585 de 2023
Oficio DIAN 907287 de 2021
Oficio DIAN 906931 de 2021
Oficio DIAN 904908 de 2020
Oficio DIAN 372 de 2020
Oficio DIAN 21936 de 2019
Oficio DIAN 6175 de 2019
Oficio DIAN 1220 de 2018
Oficio DIAN 31370 de 2015
Oficio DIAN 23073 de 2015
Oficio DIAN 12601 de 2015
Oficio DIAN 5831 de 2015
Oficio DIAN 53361 de 2014
Oficio DIAN 76510 de 2013
Oficio DIAN 33217 de 2013
Concepto DIAN 77291 de 2012
Oficio DIAN 97942 de 2010
Oficio DIAN 70566 de 2009
Oficio DIAN 33776 de 2007
Oficio DIAN 26727 de 2007
Concepto DIAN 58426 de 2004
Concepto DIAN 34851 de 2003
Concepto DIAN 71502 de 2005
PARAGRAFO.
responsable podrá corregir válidamente, sus declaraciones tributarias, aunque se encuentre
vencido el término previsto en este artículo, cuando se realice en el término de respuesta al
pliego de cargos o al emplazamiento para corregir.
Concepto DIAN 909 de 2024
Concepto DIAN 7602 de 2023
Oficio DIAN 905367 de 2022
Oficio DIAN 903409 de 2022
Oficio DIAN 902143 de 2022
Oficio DIAN 900394 de 2022
Oficio DIAN 907498 de 2021
Oficio DIAN 907281 de 2021
Oficio DIAN 906931 de 2021
Oficio DIAN 902957 de 2021
Oficio DIAN 904908 de 2020
Oficio DIAN 541 de 2020
Oficio DIAN 26708 de 2019
Oficio DIAN 23297 de 2019
Oficio DIAN 21936 de 2019
Oficio DIAN 9144 de 2019
Oficio DIAN 868 de 2018
Concepto DIAN 58135 de 2012
Oficio DIAN 13940 de 2011
Oficio DIAN 103690 de 2006
Oficio DIAN 91291 de 2006
Oficio DIAN 60027 de 2006
Oficio DIAN 29925 de 2006
Oficio DIAN 93800 de 2005
Oficio DIAN 92717 de 2005
Oficio DIAN 87511 de 2005
Oficio DIAN 28819 de 2005
Oficio DIAN 19472 de 2005
Concepto DIAN 85769 de 2007
Concepto DIAN 98150 de 2006
Concepto DIAN 77259 de 2006
Concepto DIAN 52996 de 2006
Concepto DIAN 95102 de 2005
Concepto DIAN 93903 de 2005
Concepto DIAN 92872 de 2005
Concepto DIAN 75999 de 2005
Concepto DIAN 31748 de 2005
Concepto DIAN 64814 de 2004
Concepto DIAN 17312 de 2004
Concepto DIAN 63754 de 2003
Concepto DIAN 54525 de 2002
Concepto DIAN 28395 2002
Concepto DIAN 78742 de 2001
Concepto DIAN 122445 de 2000
Concepto DIAN 65972 de 1999
Concepto DIAN 31688 de 1999
Concepto DIAN 8475 de 1999
Concepto DIAN 63070 de 1998
Concepto DIAN 35541 de 1998
Concepto DIAN 2055 de 1998
Concepto DIAN 62471 de 1996
Jurisprudencia concordante: Corte Constitucional:
-Sentencia C-054 de 1999; Dr. Vladimiro Naranjo M.
Sección Cuarta:
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente 05001-23-31-000-2012-00928-01(21640)
de 11 de junio de 2020, C.P. Dr. Julio Roberto Piza Rodríguez.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 16193 de 7 de mayo de 2009, C.P. Dr.
Hector J. Romero Díaz.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 16147 de 12 de marzo de 2009, C.P. Dr.
Hector J. Romero Díaz.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 16104 de 3 de abril de 2008, C.P. Dra.
Ligia López Díaz.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 15034 de 2 de agosto de 2006, C.P.
Dra. Ligia López Díaz.
Corte Constitucional
- Artículo declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-506-02 de 3 de julio de 2002, Magistrado Ponente Dr. Marco Gerardo
Monroy Cabra, 'en los términos del fundamento jurídico número ocho (8) de la presente
decisión'.
Del fundamento jurídico 8, se extrae: '... Es decir, en los casos en los cuales conforme a las
normas demandadas, ... corresponde a los contribuyentes, declarantes, responsables o agentes
retenedores auto liquidar sanciones por corrección de inexactitudes o por extemporaneidad,
debe entenderse, conforme a la jurisprudencia de esta Corporación, que estas personas tienen
el derecho de presentar descargos para demostrar que su conducta no ha sido culpable,
pudiendo alegar, por ejemplo, la ocurrencia de una fuerza mayor o caso fortuito, la acción de
un tercero, o cualquier otra circunstancia eximente de culpabilidad. Demostrada una de tales
eximentes, la Administración debe excluir la aplicación de la correspondiente sanción. Bajo
esta interpretación, las referidas normas serán declaradas exequibles. ...'
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 05001-23-33-000-2020-02958-
01(25836) de 15 de septiembre de 2022, C.P. Dra. Myriam Stella Gutiérrez Argüello.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia de Unificación, Expediente 25000-23-37-
000-2014-00507-01(23854)_2022CE-SUJ-4-002 de 8 de septiembre de 2022, C.P. Dr. Julio
Roberto Piza Rodríguez.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Expediente No. 11001-03-27-000-2014-00191-
00(21563) de 14/03/2019, Consejero Ponente Dr. Jorge Octavio Ramírez Ramírez.
'... antes y después de la modificación que introdujo el artículo 24 de la Ley 863 de 2003,
cualquier corrección a la declaración de renta que implique la disminución del valor a
pagar o el aumento del saldo a favor, debe efectuarse por el trámite del artículo 589 del
Estatuto Tributario, esto es, dentro del año siguiente al vencimiento del término para
declarar, mediante solicitud de corrección a la DIAN y presentación del proyecto de
corrección, para que dicha entidad expida la liquidación oficial de corrección que
corresponda.'
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 15924 de 28 de febrero de 2008; C.P.
Dra. Ligia López Díaz.
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 14968 de 25 de septiembre de 2006,
C.P. Dra. María Inés Ortiz Barbosa
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 14867 de 12 de octubre de 2006, C.P.
Dr. Ligia López Díaz
- Consejo de Estado Sección Cuarta, Expediente No. 14488 de 22 de septiembre de 2005,
C.P. Dra. María Inés Ortiz Barbosa
Notas de validez: - Inciso modificado por el artículo 107 de la Ley 2010 de 2019, 'por medio de la cual se
adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el
fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema
tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018
y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.179 de 27 de diciembre
2019.
- Inciso adicionado por el artículo 46 de la Ley 49 de 1990, publicada en el Diario Oficial
36.615 del 30 de diciembre de 1990.
- Inciso adicionado por el artículo 63 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No.
40.490, de 30 de junio de 1992.
- Parágrafo adicionado por el artículo 65 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial
No. 40.490, de 30 de junio de 1992.
- El artículo 51 de la Ley 1111 de 2006, que modifica el artículo 868-1, publicada en el
Diario Oficial No. 46.494 de 27 de diciembre de 2006, ajusta los valores absolutos en
términos de UVT.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 4715 de 2005, publicada en el Diario Oficial No. 46.134
de 27 de diciembre de 2005, se establecen los valores absolutos que regirán para el año 2006.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 4344 de 2004, publicado en el Diario Oficial No. 45.771
de 23 de diciembre de 2004 se actualizaron los valores absolutos que regirán para el año
2005.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 3804 de 2003, publicado en el Diario Oficial No. 45.416,
de 30 de diciembre de 2003, se actualizaron los valores absolutos que regirán para el año
2004.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 3257 de 2002, publicada en el Diario Oficial No. 45.049,
de 30 de diciembre de 2002, se actualizaron los valores absolutos que regirán para el año
2003.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 2794 de 2001 publicado en el Diario Oficial No. 44.659,
de 27 de diciembre de 2001, se actualizaron los valores absolutos que regirán para el año
2002.
- Mediante el artículo 1 numeral 2 del Decreto 2661 de 2000, publicado en el Diario Oficial
No 44.271, de 26 de diciembre de 2000, se actualizaron los valores absolutos que regirán
para el año 2001.
- Mediante el artículo 1 del Decreto 2587 de 1999, publicado en el Diario Oficial 43.828 del
23 de diciembre de 1999, se actualizaron los valores absolutos que regirán para el año 2000.
- Parágrafo adicionado por el artículo 173 de la Ley 223 de 1995, publicada en el Diario
Oficial No. 42.160 del 22 de diciembre de 1995.
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